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Permiso de tenencia de armas

Nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización administrativa.

Un particular puede ser titular de todas las licencias de armas excepto la A, que está reservada a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y al Ejército.

También se podrá autorizar la posesión en el propio domicilio (sin necesidad de disponer de licencias o autorizaciones), de una arma de fuego corta o larga de las no prohibidas a particulares, acreditando su especial valor histórico o artístico, o dos armas de avancarga, documentadas con las correspondientes guías de pertenencia, previa aportación del informe de aptitudes psicofísicas.

En el Centro Médico La Ronda puede usted venir a obtener/renovar su Licencia de Tenencia de Armas obteniendo su informe de aptitudes psicofísicas. Dicho informe es un reconocimiento médico que consiste en unas pruebas y exploraciones médicas y psicológicas.

El objetivo de estos reconocimientos es someter a quien pretende obtener o prorrogar el permiso o la licencia de armas a pruebas y exploraciones médicas y psicológicas para descartar situaciones de riesgo.

Deben, por tanto pasar las pruebas todos los que deseen obtener o renovar el permiso, licencia o autorizaciones de armas para CAZA o DEFENSA PERSONAL y los vigilantes de seguridad, guardas de campo así como todas sus especialidades.

Para la renovación del permiso de armas, deberá presentar:

  • DNI o Tarjeta de Residencia en vigor
  • Fotografía (que si no tiene se la haremos aquí mismo)

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